Directiva Europea sobre el uso responsable de los productos fitosanitarios

Directiva Europea sobre el uso responsable de los productos fitosanitarios

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La legislación europea sobre productos fitosanitarios y seguridad alimentaria es una de las más restrictivas del mundo. La Directiva Europea nº 128 de 2009, obliga a los Estados miembros a toma medidas para limitar los efectos negativos, y riesgos para la salud y el medio ambiente, relacionados con el uso de productos fitosanitarios.

La agricultura moderna debe garantizar una producción de alimentos de calidad y en cantidad suficiente para satisfacer una inmensa demanda. Dado el rápido crecimiento de la población mundial (desde los 2500 millones de 1950, hasta los más de 7000 millones de la actualidad), la producción intensiva y de calidad no habría sido posible sin el uso de productos fitosanitarios.

¿Es necesario un tratamiento fitosanitario?

Un campo cultivado es, en primer lugar, la modificación de un entorno natural preexistente. Cuando un bosque, un prado, un humedal, etc., se trasforma para uso agrícola, el ecosistema responde al cambio y trata de eliminar a la especie invasora (la planta cultivada). Para que las plantas cultivadas resulten menos susceptibles a plagas y enfermedades que afectan la producción y la calidad, debe tenerse en cuenta el entorno de cultivo, el clima y el suelo.

La Directiva 2009/128/CE, sobre la sostenibilidad del tratamiento fitosanitario, obliga a que las explotaciones apliquen una serie de criterios de gestión integrada de plagas. Existe un nivel básico, obligatorio para cualquier explotación, y otro más avanzado al que pueden adherirse de forma voluntaria.

Para limitar la aparición de enfermedades fúngicas (y el uso de fungicidas), se investigan y desarrollan variedades de plantas resistentes a la enfermedad. Otra medida consiste en el redescubrimiento de las variedades tradicionales. Contra plagas de insectos, como pulgones y orugas, pueden utilizarse otras especies que son sus depredadores naturales, como las mariquitas.

La rotación de los cultivos permite limitar el uso de herbicidas y su incorporación al terreno. También resultan útil, en cultivos hortofrutícolas, la poda de partes de la planta afectada por parásitos y su eliminación a través de sistemas de compostaje o entierro.

Aprobación de un tratamiento fitosanitario

El Parlamento Europeo, en el Reglamento 1107/2009, asume que, con el fin de garantizar y mejorar la producción agrícola, se necesita un tratamiento fitosanitario. Sin embargo, deben considerarse también los riesgos que pueda entrañar su uso para la salud humana, los animales y el medio ambiente.

La legislación Europea es la base de regulaciones estatales sobre el control de los equipos utilizados para la distribución de productos, protección medioambiental, restricciones del tratamiento fitosanitario en áreas pobladas, o requisitos y acreditaciones para su distribución y manejo.

Antes de comercializarse, los productos fitosanitarios deben ser aprobados por la administración competente. El procedimiento es complejo, ya que requiere una evaluación previa de la sustancia activa, que se realiza a nivel comunitario, y después obtener la autorización de la autoridad reguladora del Estado miembro.

La etiqueta deber contener, mediante pictogramas normalizados, la clasificación toxicológica del producto, y fases de riesgo. Se trata del mismo etiquetado de los embalajes de productos que contienen sustancias peligrosas de uso industrial o doméstico, también muchos detergentes. En relación con el nivel y el tipo de peligro, debe aportar instrucciones sobre su correcta manipulación y el equipo de protección personal requerido.

La etiqueta aporta información sobre los cultivos en los que el producto puede ser distribuido, la dosis, el número máximo permitido de tratamientos, sobre los días que deben transcurrir antes de la cosecha, el uso adecuado y método de conservación. También indica el método de reciclaje de los recipientes, que serán gestionados por empresas autorizadas para la eliminación de desechos peligrosos.

En España, los usuarios profesionales, personal auxiliar, vendedores o distribuidores de productos fitosanitarios necesitan poseer un carnet acreditativo de que han recibido la formación adecuada para su actividad.

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